ACCIONES BONIFICADAS MEDIANTE LA FUNDACIÓN TRIPARTITA - autoescuelaceta

ACCIONES BONIFICADAS MEDIANTE LA FUNDACIÓN TRIPARTITA

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ACCIONES BONIFICADAS MEDIANTE LA FUNDACIÓN TRIPARTITA

10 Diciembre ACCIONES BONIFICADAS MEDIANTE LA FUNDACIÓN TRIPARTITA

Publicado en: Publicas



Debido a la difícil circunstancia actual es normal que cada vez más empresas tengan dificultad para permitirse costear los cursos de formación para sus trabajadores.

Por ello, hemos ampliado los servicios a nuestros clientes ofreciéndoles también la oportunidad de realizar todo tipo de cursos BONIFICADOS!!

¿Qué implica esto? El Estatuto de los Trabajadores, en sus artículos 4.2,b) y 23,3, d) modificados con la reforma laboral de 2012, establece como un derecho del trabajador y, consecuentemente, como una obligación de la empresa, la formación profesional dirigida a la adaptación de las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. Por tanto, todas las empresas cada año tienen derecho a disfrutar de cierto crédito para bonificar cursos (dependiendo la cantidad de crédito del número de trabajadores). Es decir, la empresa paga el curso y al mes siguiente de la finalización se le descuenta la cantidad pagada de la cuota de la Seguridad Social correspondiente.

Además, todos los cursos reglados por un Boletín Oficial se pueden bonificar mediante PIF (Permiso Individual de Formación) que es lo mismo que las Acciones Formativas explicadas anteriormente con la diferencia que, ya que el trabajador efectúa las horas en horario laboral estipulado en el contrato, se concede más crédito a las empresas, disponiendo por tanto del crédito total asignado inicialmente para realizar otro tipo de cursos durante el año. Debido a que el PIF es un permiso individual de formación, se entiende que la formación que se realice debe ser algo que beneficie al trabajador, es decir, que su puesto de trabajo no dependa de dicha formación sino que sea una formación que él quiera adquirir independientemente de su puesto de trabajo. (Ejemplo: una persona cuyo contrato lo identifique como conductor no puede realizar por PIF el curso del CAP, ya que cómo es algo necesario para el desarrollo de su puesto, la empresa está obligada a facilitárselo).

Nuestra empresa ofrece además mediante este tipo de cursos poder obtener los permisos de conducir tipo C, y CE.

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